Pensión Alimenticia en Aguascalientes: ¿Quién, Cómo y Cuánto se Debe Pagar?
- Geovanni Hernandez
- 6 sept
- 3 Min. de lectura

La pensión alimenticia es una de las obligaciones más importantes y un derecho fundamental cuando se trata del bienestar de los hijos tras una separación o divorcio. Sin embargo, es un tema que genera innumerables dudas: ¿Qué incluye exactamente? ¿Cómo se calcula? ¿Qué pasa si no se paga?
En Despacho Jurídico Hernandez, entendemos la sensibilidad de este tema. Por ello, hemos preparado esta guía completa para aclarar los puntos clave sobre la pensión alimenticia, de acuerdo con el Código Civil para el Estado de Aguascalientes.
1. ¿QUIÉN tiene derecho a recibir la pensión? (Acreedor Alimentario)
Aunque comúnmente se asocia a los hijos, la obligación alimentaria es más amplia. Tienen derecho a recibir una pensión:
Los hijos menores de edad: Es su derecho primordial e incondicional.
Los hijos mayores de edad: Si se encuentran estudiando una carrera acorde a su edad y capacidades, hasta que terminen sus estudios.
El cónyuge o concubino(a): En casos de divorcio, quien se haya dedicado al hogar y al cuidado de los hijos, o que no tenga bienes ni la capacidad para trabajar, puede tener derecho a una pensión compensatoria.
2. ¿CÓMO se determina la pensión alimenticia?
En Aguascalientes, el monto no es arbitrario. Se fija basándose en dos principios fundamentales:
La Posibilidad del que debe darla (Deudor): Se analiza la capacidad económica real del padre o madre que pagará la pensión (sueldo, ingresos, bienes, etc.).
La Necesidad del que debe recibirla (Acreedor): Se considera el nivel de vida que llevaban los hijos, su edad, estado de salud y necesidades educativas y de esparcimiento.
Existen dos vías para establecerla:
Por Convenio: Los padres llegan a un acuerdo mutuo que es presentado ante un Juez de lo Familiar en Aguascalientes para su aprobación, asegurando que no se vulneren los derechos de los menores.
Por Decisión Judicial: Si no hay acuerdo, un Juez de lo Familiar determinará el monto después de analizar las pruebas presentadas por ambas partes.
3. ¿CUÁNTO se debe pagar?
Esta es la pregunta más frecuente. No hay una "calculadora" exacta, pero la ley en Aguascalientes contempla dos formas:
Un porcentaje del sueldo: Cuando el deudor alimentario tiene un empleo fijo, es muy común que el juez fije un porcentaje de su salario (por ejemplo, 20%, 30%, etc., dependiendo del número de hijos y otras circunstancias). Este monto se descuenta directamente de la nómina.
Una cantidad fija mensual: Cuando los ingresos del deudor son variables (ej. un trabajador independiente), se establece una cantidad fija mensual, actualizable anualmente conforme a la inflación.
Importante: La pensión alimenticia no es solo para "comida". Legalmente, abarca todo lo indispensable para el desarrollo integral: alimento, vestido, habitación, atención médica y educación.
¿Qué Pasa si el Deudor Alimentario no Paga en Aguascalientes?
El incumplimiento de la pensión alimenticia tiene consecuencias serias. Se puede exigir el pago por la vía judicial, lo que puede llevar al embargo de bienes o cuentas bancarias. Además, en nuestro estado, existe el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, y la inscripción en este registro puede impedir la realización de ciertos trámites.
Asesoría Profesional es Clave
Fijar, exigir o modificar una pensión alimenticia es un proceso legal que requiere estrategia y conocimiento. Contar con la representación de un abogado experto es crucial para asegurar un resultado justo que proteja el bienestar de tus hijos.
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